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Histórica Resolución sobre el Sahara Occidental del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana (UA)


07 de ABRIL, 2015

IMD
Comunicado del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana (UA), en su 496ª sesión celebrada el 27 de marzo de 2015, sobre la situación en el Sáhara Occidental

(Traducción no oficial, solo para uso divulgativo, realizada por la Cátedra Libre sobre el Sahara Occidental de la Universidad Nacional de La Plata, Argentina.)

El Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana (UA), en su 496ª sesión, celebrada el 27 de marzo de 2015, adoptó la siguiente decisión sobre la situación en el Sáhara Occidental:

El Consejo,

1. Toma nota del informe del Presidente de la Comisión sobre la situación en el Sáhara Occidental [PSC / PR / 2 (CDXCVI)], así como de la actualización proporcionada por el Enviado Especial del Presidente de la Comisión para el Sáhara Occidental, el ex presidente Joaquim Chissano de Mozambique. El Consejo toma nota de las declaraciones formuladas por el Ministro de Relaciones Exteriores de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD), así como por los representantes de la República Federal de Nigeria, como miembro africano del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y la Secretaría de las Naciones Unidas;

2. Recuerda el Plan de Acción adoptado por la Sesión Especial de la Asamblea de la Unión sobre la Consideración y Resolución de conflictos en África, celebrado en Trípoli, Libia, el 31 de agosto de 2009 [SP/ASAMBLEA/PS/PLAN (I)], expresando su apoyo a los esfuerzos de la ONU por superar el estancamiento en el proceso de paz en el Sáhara Occidental y de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de la ONU, que llaman a negociaciones directas entre las partes en conflicto, a saber, el Reino de Marruecos y el Frente Polisario, sin condiciones previas y de buena fe, con vistas a lograr una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable, que prevea la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental, en el marco de acuerdos conformes a los principios y propósitos de la Carta de la ONU, y con este fin pide la intensificación de los esfuerzos conducentes a la celebración de un referéndum que permita a la población del Territorio elegir entre la opción de la independencia y la de integración en el Reino de Marruecos;

3. Recuerda además la decisión EX.CL/Dec.758 (XXII) adoptadas por la 22ª Sesión Ordinaria del Consejo Ejecutivo, celebrada en Addis Abeba entre el 24 y 25 de enero de 2013, solicitando a la Comisión adoptar todas las medidas necesarias para la organización de un referéndum para la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental, de conformidad con las decisiones pertinentes de la Organización de la Unidad Africana (OUA) y las Naciones Unidas, así como la decisión EX.CL/Dec.773(XXIII) adoptada por la 23ª Sesión

Ordinaria del Consejo Ejecutivo celebrada en Addis Abeba del 19 al 23 mayo de 2013, reiterando las decisiones y pronunciamientos anteriores de la OUA/UA sobre la situación en el Sáhara Occidental y que solicitando al Presidente de la Comisión que prosiga con sus esfuerzos, incluyendo nuevas consultas con las Partes, así como una continua interacción con la ONU y otros actores internacionales pertinentes;

4. Recuerda también la decisión Assembly/AU/Dec.559 (XXIV), aprobada por la 24ª Sesión Ordinaria de la Asamblea de la Unión celebrada en Addis Abeba, del 30 al 31 enero de 2015, reiterando los llamamientos a las Partes para continuar con negociaciones sin condiciones previas y de buena fe realizados por el Consejo de Seguridad de la ONU, expresando el pleno apoyo de la Unión Africana a los esfuerzos del Enviado Personal de la ONU, dando la bienvenida a los pasos dados por el Presidente de la Comisión de hacer un seguimiento de las decisiones relevantes del Consejo Ejecutivo y solicitándole proseguir con sus esfuerzos a fin de movilizar el necesario apoyo al proceso
liderado por la ONU;

5. Acoge con satisfacción los continuos esfuerzos del Secretario General de la ONU, así como los de su Enviado Personal, en la búsqueda de una solución acorde con el marco de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de la ONU, incluyendo las consultas realizadas por el Enviado Personal como parte de su nuevo enfoque tal como se indica en el informe del Secretario General sobre la situación relativa al Sáhara Occidental del 10 de abril de 2014 (S/2014/258);

6. También acoge con beneplácito las medidas adoptadas por el Presidente de la Comisión para la implementación de las decisiones relevantes de los órganos políticos de la Unión Africana y en apoyo de los esfuerzos liderados por la ONU, incluido el nombramiento del Expresidente Joaquim Chissano como Enviado Especial de la Unión Africana y la iniciativa de interactuar con las Partes en conflicto. El Consejo expresa su satisfacción por las consultas realizadas por el Enviado Especial con los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU y España, la antigua potencia ocupante, así como con la Secretaría de la ONU, y lo felicita por su compromiso en la implementación de su mandato;

7. Toma nota con profunda preocupación de que cuatro décadas después del inicio del conflicto en el Sáhara Occidental y cincuenta años después de la decisión de descolonizar el Sáhara Occidental, todos los esfuerzos encaminados a encontrar una solución hasta el momento han fracasado en el logro de los resultados esperados y que la situación de parálisis que existe no sólo aumenta la tensión en el Territorio sino que también socava los esfuerzos para promover la integración en la región del Magreb. En consecuencia, el Consejo expresa la urgencia de renovar los esfuerzos para superar la actual situación de estancamiento. A este respecto, el Consejo:

(i) Reclama una acción internacional más estrecha y coordinada para la pronta organización de un referéndum para la autodeterminación del pueblo del

Sáhara Occidental, de conformidad con las Decisiones de la OUA/UA y las Resoluciones de las Naciones Unidas pertinentes;

(ii) Insta al Consejo de Seguridad de la ONU a tomar todas las decisiones necesarias para garantizar el progreso en la búsqueda de una solución al conflicto del Sáhara Occidental, reconociendo su papel fundamental y su responsabilidad fundamental en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. En este sentido, el Consejo insta al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para que en su próxima reunión de abril de 2015 sobre el Sáhara Occidental preste seria consideración a las recomendaciones contenidas en el informe del Secretario General de 10 de abril de 2014 antes mencionado para una revisión integral del marco establecido para el proceso de negociaciones en abril de 2007, en caso de que no hubiese ningún progreso antes de abril de 2015, en el entendimiento de que dicha revisión contribuirá al objetivo de facilitar la pronta celebración de un referéndum para la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental;

(iii) Renueva su apoyo a los llamamientos realizados por el Consejo de Seguridad de la ONU a negociaciones directas entre las dos partes, a saber, el Reino de Marruecos y el Frente POLISARIO, sin condiciones previas y de buena fe, con vistas a lograr una paz justa, duradera y una solución política mutuamente aceptable que prevea la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental, en el marco de disposicionesconformes a los principios y propósitos de la Carta de la ONU; y

(iv) Insta a la comunidad internacional en general a prestar todo su apoyo a los esfuerzos dirigidos a superar la actual situación de estancamiento;

8. Alienta a la Presidenta de la Comisión a mantener e intensificar, directamente o a través de su enviado especial o cualquier otro marco adecuado, los esfuerzos ya iniciados como parte del seguimiento de las decisiones pertinentes de los órganos políticos de la Unión Africana y en particular a renovar sus relaciones con las Partes, los Estados vecinos y otros Estados miembros de la UA, así como con las Naciones Unidas y otros actores internacionales pertinentes, con el fin de garantizar la aplicación efectiva de las decisiones de la OUA/UA y las resoluciones pertinentes de la ONU sobre el Sáhara Occidental, teniendo en cuenta el papel de la OUA/UA como garante del Plan de Paz adoptado mediante la Resolución AHG/Res.104 (XIX), aprobada por la 19ª Sesión Ordinaria de la Asamblea de Jefes de Estado y de
Gobierno celebrada en Addis Abeba del 6 al 12 de junio de 1983, que ha servido como base de la propuesta de solución de agosto de 1988 que puso en marcha el proceso de paz para el Sáhara Occidental. En este sentido, y teniendo en cuenta que el Sáhara Occidental sigue siendo un asunto relativo a la conclusión del proceso de descolonización de África, el Consejo:

(i) Decide reactivar el Comité ad hoc de Jefes de Estado y de Gobierno sobre el conflicto del Sáhara Occidental, establecido en virtud de la resolución AHG/RES.92 (XV), aprobada en la 15ª Sesión Ordinaria de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la OUA celebrada en Jartum, Sudán, del 18 al 22 de julio de 1978. El Consejo decide además ampliar la composición del

Comité ad hoc a diez Jefes de Estado y de Gobierno, dos por cada una de las cinco regiones del continente. El Consejo solicita a la Presidenta de la Comisión emprenda con urgencia las consultas necesarias para la concreción de la integración y puesta en funcionamiento del Comité ad hoc;

(ii) Pide a la Comisión que, a través de los canales apropiados, lleve a cabo una gestión ante el Consejo de Seguridad de la ONU, para que se dé al Enviado Especial de la Unión Africana para el Sáhara Occidental la oportunidad de dirigirse al Consejo de Seguridad en su reunión sobre el Sáhara Occidental, prevista para el mes de abril de 2015. El Consejo pide además a los miembros africanos del Consejo de Seguridad de la ONU que trabajan en el marco de la A3 para apoyar y facilitar esa solicitud;

(iii) Decide establecer un Grupo de Contacto Internacional para el Sáhara Occidental (ICG-WS) con el fin de mantener el tema en la agenda internacional y movilizar el apoyo necesario para la pronta resolución del conflicto, e invita al Presidente de la Comisión a llevar a cabo las consultas necesarias para tal fin; y

(iv) Decide además examinar periódicamente la situación en el Sáhara Occidental, al menos dos veces al año, sobre la base de actualizaciones y recomendaciones proporcionadas por el Presidente de la Comisión;

9. Aguarda con interés la renovación del mandato de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO) al expirar su mandato actual el 30 de abril de 2015, según lo decidido por el Consejo de Seguridad en su resolución 2152 (2014) del 29 abril de 2014. El Consejo insta al Consejo de Seguridad de la ONU a que adopte las medidas necesarias para proporcionar la MINURSO un mandato en derechos humanos, teniendo en cuenta la necesidad de garantizar un monitoreo sostenido, independiente e imparcial de los derechos humanos tanto en el Territorio como en los campamentos de refugiados. El Consejo pide al Alto Comisionado para los Derechos Humanos que tome las medidas adecuadas al respecto;

10. Pide a la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP) lleve a cabo lo antes posible una misión en el Sáhara Occidental y los campamentos de refugiados de Tinduf para evaluar la situación de los derechos humanos y hacer recomendaciones al Consejo, tomando como base el resultado de su visita a la región en septiembre de 2012. En este sentido, el Consejo insta al Gobierno del Reino de Marruecos a cooperar plenamente con la Comisión Africana, en particular, permitiéndole acceder al Territorio;

11. Pide al Consejo de Seguridad de la ONU abordar la cuestión de la explotación ilegal de los recursos naturales del Territorio, teniendo en cuenta el llamamiento hecho en el informe de la ONU Secretario General de 10 de abril de 2014 a todos los actores relevantes, a la luz del creciente interés en los recursos naturales del Sáhara Occidental, a reconocer "el principio de que los intereses de los habitantes de esos territorios están por encima de todo, de conformidad con el Capítulo XI, artículo 73 de la Carta". En este sentido, el Consejo recomienda la consideración de una estrategia de boicot mundial a los productos de las empresas que participan en la explotación ilegal de los recursos naturales del Sáhara Occidental como una forma de lograr atraer mayor atención de la comunidad internacional sobre la situación en el Sáhara Occidental;

12. Invita al Presidente de la Comisión a transmitir este comunicado a las Partes, para su información y para que actúen apropiadamente. El Consejo invita además a la Presidenta de la Comisión a transmitir el comunicado al Secretario General de la ONU, y a solicitarle se lo haga circular como documento oficial del Consejo de Seguridad de la ONU, así como a otros actores internacionales relevantes;

13. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.
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